INCAPACIDAD POR FIBROMIALGIA

 

Hace poco saltaba la noticia, quizás porque se trataba de una abogada.

Unos días antes se trataba de una empleada de banca y no hace mucho de una empleada de hogar. Es evidente que la fibromialgia y la fatiga crónica están llegando a los tribunales que las declaran como actividades y profesiones incapacitantes.

Hace 20 años esto no era así, entre otras cosas por el desconocimiento de la fibromialgia y sus síntomas.

 

DIARIO DE SEVILLA

Una abogada sevillana de 58 años ha conseguido que la Mutualidad de la Abogacía le reconozca una Incapacidad laboral Absoluta debido a su complejo cuadro clínico, crónico e irreversible tanto a nivel físico como psíquico, que incluye fibromialgia y fatiga crónica.

En su trabajo la letrada ha de pasar muchas horas sentadas y con posturas mantenidas, además de sobrellevar una gran responsabilidad por el elevado nivel de estrés que genera el asesorar y orientar a los clientes (con la complejidad de la materia por las múltiples y cambiantes legislaciones y normativas), redactar documentos, negociar entre las partes, asistencia y defensa a juicio, etc. Para ejercerlo es necesario e imprescindible encontrarse en plenas facultades físicas y mentales.

Y ante la imposibilidad de hacerlo, la letrada, ejerciente en el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla el 28 de septiembre de 2020 inició un procedimiento de baja por IT por enfermedad común.

La abogada padece fibromialgia (puntos gatillo 18/18), fatiga crónica, artritis psoriásica seronegativa, eventración, colitis ulcerosa quiescente, enfermedad inflamatoria intestinal, hernia diafragmática, gonartrosis y meniscopatía degenerativa y osteoartrosis moderada en tobillo derecho y síndrome disejecutivo. Se trata de un conjunto de síntomas que implican un deterioro del control ejecutivo de las acciones, causado por daño a los lóbulos frontales del cerebro en el que las personas pueden realizar tareas rutinarias pero les cuesta afrontar nuevas actividades o situaciones. Así, la actora requiere de supervisión para hacer algunas compras, manejar los asuntos económicos o su medicación, ligera desorientación temporal y dificultades en el lenguaje expresivo, a nivel de denominación, por incapaz para reconocer o expresar el nombre de las cosas. Todo ello le provocan en la abogada un bloqueo que interfiere de manera significativa en su vida, con fuertes crisis de apatía, déficit de sueño y ansiedad y trauma por frustración, según los informes de psiquiatría.

 


La Organización Mundial de la Salud incluyó a la fibromialgia como enfermedad en el año 1992. Se caracteriza por constantes cefaleas, dolor de cuello y articulaciones, gran dificultad para conciliar el suelo, desarrollo de fatiga crónica y como consecuencia síndromes depresivos o ansioso-depresivos.

Solicitud de incapacidad

Para que la Seguridad Social conceda incapacidad permanente por fibromialgia se requieren 3 requisitos: sufrir dolorlimitación de movilidad (provocada por el dolor) e informes médicos que lo acrediten, públicos o privados.

El dolor es la enfermedad que mayor incapacidad provoca para trabajar y la fibromialgia provoca de forma severa y grave, dolor en musculatura y en el tejido fibroso de todo el cuerpo. Por ello, y dado que no se puede someter a una persona a realizar su profesión habitual bajo dolor, el Instituto Nacional de la Seguridad Social concede la pensión de incapacidad permanente.

Para graduar el dolor en fibromialgia que se sufre, se utiliza la escala de los llamados puntos gatillo o puntos dolorosos. Cuanto mayor número de puntos gatillo existan (puntos sobre los que al presionar, aparece dolor), mayor gravedad y severidad tendrá la fibromialgia padecida. Por ello, es muy importante, una vez el médico reumatólogo practique la prueba, indicar en cada presión si existe dolor o no, y en su caso el nivel de dolor sufrido en cada punto. Existe un máximo de 18 puntos gatillo o puntos de dolor.

demás del dolor, la fibromialgia provoca disminución de lo que se denomina amplitud articular (o balance articular), que se traduce en la capacidad de la persona para extender sus músculos y huesos hasta el límite natural. Esta limitación a la hora de llevar a nuestros músculos y huesos hasta su máxima extensión se encuentra habitualmente limitada por el dolor. Y ello dado que si intentamos forzar la movilidad más allá de un determinado grado aparece el dolor agudo y la imposibilidad de seguir con el movimiento.

La repercusión que la limitación de movimientos tiene para cada profesión será variable y debemos valorar el caso concreto de cada profesión y actividad.

Tanto el dolor como la limitación de movimientos se han de acreditar, por lo que es necesario contar con informes médicos que así lo prueben. Son igualmente válidos los informes médicos de la sanidad pública o de la sanidad privada. 

 

Los informes médicos del especialista en fibromialgia (reumatólogo) son, legalmente igual de válidos que los del médico de cabecera. Si bien esto, por la especialización del reumatólogo experto en fibromialgia es muy aconsejable contar con informes que acrediten el número de puntos gatillo o puntos de dolor (máximo 18).

Es muy recomendable que el médico de atención primaria o especialista haya prescrito analgésicos para combatir el dolor. Asimismo, se valora el tipo de analgésico que se esté utilizando.

Procedimiento

Aunque no es obligatorio, sí es muy conveniente, digamos imprescindible que el procedimiento sea llevado por un profesional especialista en la materia.

En primer lugar informaremos al Instituto Nacional de la Seguridad Social de nuestra intención de ser valorados ante el Tribunal Médico, Además daremos consentimiento para recabar documentación médica, a través del formulario correspondiente.

Una vez presentado el documento ante el INSS, éste lo enviará al EVI (Equipo de Valoración de incapacidades), y éste nos enviará por correo certificado la citación para acudir a revisión médica ante el Tribunal Médico (E.V.I.)

Una vez finalizada la revisión médica ante el Inspector médico recibiremos, en el plazo aproximado de 1 mes la resolución, concediendo pensión de incapacidad permanente por fibromialgia, con mención al grado, o denegándola.

 

Si la resolución que se nos notifica nos deniega la pensión de incapacidad permanente por fibromialgia, hemos de interponer escrito de Reclamación Previa en el plazo de 30 días hábiles a contar tras la notificación de la denegación.

El escrito de reclamación previa no deja de ser una demanda administrativa que agota precisamente la vía administrativa. Y ahí radica su importancia. Cometer errores en su redacción o en su contenido dejaría sin posibilidades de pensión al trabajador o trabajadora en la vía judicial.

Por ello, el contenido de la reclamación previa incapacidad permanente por fibromialgia debe incluir los motivos por los que no se puede desempeñar la profesión habitual. O en su caso porque no se puede desempeñar ninguna profesión, relacionando los requisitos de nuestra profesión habitual, con las tareas que no podemos realizar por padecer fibromialgia.

 

Dada la actual situación de lentitud de la Seguridad Social (INSS), es muy recomendable presentar demanda judicial a la vez que el escrito de reclamación previa. Ello nos permite ganar tiempo, y en caso de que al cabo de varios meses se nos notifique la resolución sobre la reclamación previa por fibromialgia, ya tengamos fijada fecha para la celebración de juicio. Cómo solicitar incapacidad permanente por fibromialgia.

En caso de que, tras la presentación de la reclamación previa, se nos conceda la pensión de incapacidad permanente por fibromialgia, el abogado laboralista solicitará al Juzgado el archivo de la demanda. En caso contrario, llegado el día de la vista se defenderá ante el Tribunal, con la ayuda de un médico perito experto en daño corporal, la demanda de incapacidad para que sea el juez, a la vista de los informes y su defensa el que conceda la pensión de capacidad solicitada.

Resumiendo:

  1. Documentación e informes médicos. Solicitud.
  2. Si es denegada, Reclamación Previa ante la Administración.
  3. Si fuera denegada, Demanda Judicial ante la Jurisdicción Social.