EL DIVORCIO ANTE NOTARIO

Te contamos todos los trámites

El procedimiento consiste en la separación o divorcio mediante escritura pública ante un Notario con los siguientes requisitos:

  • Debe existir mutuo acuerdo para la disolución del vínculo.
  • Deben haber transcurrido al menos tres meses desde el matrimonio.
  • No tienen que tener hijos menores no emancipados o con incapacidades.
  • Si hay hijos mayores o menores emancipados, deben expresar consentimiento respecto de medidas que los afecten, como la convivencia en el domicilio o resultados económicos del divorcio.

¿Qué pasos debemos seguir?

1. Elegir al notario competente del domicilio habitual de al menos, uno de los cónyuges
2. A continuación, vamos con la designación obligatoria de un abogado de familia para redactar el convenio regulador y asesorarnos durante el proceso. Podría ser un único abogado para ambos.
3. Una vez redactado el convenio, pasamos a la recopilación de toda la documentación y remisión de la misma a la Notaría, a saber:
  • DNI cónyuges e hijos
  • Libro de familia
  • Certificado de matrimonio
  • Documentación de los hijos
  • Empadronamiento de los cónyuges
  • Documentación del abogado
4. Una vez en Notaría, ésta confirmará la recepción correcta de cada documento y se establecerá una fecha para ratificar el convenio y consentir las siguientes disposiciones:
  • Presentación de cónyuges, personalmente ante notario, junto a los hijos mayores o emancipados para expresar consentimiento a la separación de bienes. Teniendo estos últimos, la posibilidad de representación, y el abogado, para firmar, junto a cónyuges, la escritura del convenio y su remisión por éste, al Registro Civil para su inscripción.
  • Los cónyuges deberán intervenir en el otorgamiento de modo personal, sin perjuicio de que deban estar asistidos por letrado en ejercicio, prestando su consentimiento ante el notario. Igualmente, los hijos mayores o menores emancipados deberán otorgar el consentimiento ante el Notario respecto de las medidas que les afecten por carecer de ingresos propios y convivir en el domicilio familiar.
  • El Acta Notarial del divorcio tiene efectos
5. Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Si la distribución de bienes fue igualitaria, el convenio regulador está exento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. La liquidación se realiza a los 30 días hábiles del otorgamiento de la escritura de divorcio.

6. Inscripción de los bienes

Los bienes resultantes de la separación o divorcio a nombre de cada uno de sus nuevos, tendrán que inscribirse en el Registro correspondiente según se trate de inmuebles y/o automotores.